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Jardín de Santa Ana: “Todas las cámaras Gesell y los peritajes de los niños dieron negativo”

Jardín de Santa Ana: “Todas las cámaras Gesell y los peritajes de los niños dieron negativo”

Las palabras le pertenecen al reconocido abogado Gonzalo Ferreras, defensor de dos de las personas denunciadas en el sonado caso del Jardín de Infantes Pablo Pizzurno de Villa Parque Santa Ana. Recordemos que allí se habló de la supuesta comisión de delitos de abuso infantil.

A casi un año de aquellos agitados días en Santa Ana donde las denuncias mediáticas tuvieron su correlato en Fiscalía, el Dr. Ferreras es el primero en salir  a la arena con declaraciones contundentes y precisas: “De acuerdo a todos los peritajes, en el Jardín no pasó absolutamente nada”.

Repasando el caso

Todo tuvo su inicio el pasado 27 de octubre de 2021, cuando un grupo de madres y padres de alumnos del establecimiento hicieron conocer su denuncia a la prensa. En una serie de jornadas tumultuosas, lo público se trasladó a sede de fiscalía, donde se llevaron a cabo las correspondientes primeras actuaciones.

Por aquellos días pasaron unas cuantas cosas, algunas de ellas sin mucho fundamento. Un grupo de padres insultó a la Inspectora de Zona de Nivel Inicial Gabriela Oliva en la puerta misma del Jardín; se organizaron cortes de tránsito en la autovía Córdoba – Alta Gracia; literalmente se “sitió” la vivienda del intendente en un violento escrache y hubo varios que pidieron la destitución de las docentes. Las redes sociales volvieron a ser caldo de cultivo de situaciones desagrables y todo creció como una enorme bola de nieve.

Las denuncias tuvieron como primer ámbito la Fiscalía de Instrucción Nº2 de Alta Gracia, a cargo del Dr. Alejandro Peralta Ottonello quien a los pocos días se declaró incompetente por cuestiones personales.

Así, el denominado popularmente “Caso Jardín de Infantes de Santa Ana”, pasó a la órbita de la Fiscalía de Instrucción especializada en delitos contra la integridad sexual del Segundo Turno. Al frente está la Dra. Ingrid Vago.

Buscando precisiones

El caso es lo suficientemente delicado y serio como para hablar de supuestos y utilizar el verbo en modo potencial. Por ello, AGNoticias buscó precisiones y así dirigió sus micrófonos al abogado de una de las denunciadas. “Represento a quien fuera la Directora del Jardín y a su esposo”, aseveró Gonzalo Ferreras. La idea, tal cual nuestra línea periodística, es buscar palabras autorizadas y declaraciones oficiales.

Gonzalo Ferreras es un reconocido abogado del foro cordobés, que desde hace tiempo se especializa en intervenir en casos de denuncias por abuso sexual. Maneja muy bien esta temática tan poco grata. La directora del Jardín de Infantes llegó a él a raíz de los antecedentes que tiene en la casuística.

“Vamos a poner las cosas en claro. La causa tiene cuatro personas que fueron convocadas en calidad de denunciadas. No hubo acusación ni mucho menos una imputación formal, que implicaría la presunta comisión de un ilícito. Aquí estamos en presencia de una denuncia de presuntos abusos sexuales infantiles”, comenzó diciendo el letrado.

Respecto a los procedimientos requeridos en estos casos, Ferreras agregó:

“La especialidad de la materia requiere que se adopten una serie de medidas probatorias que no van a poder ser reproducidas con posterioridad, avanzado el proceso. O sea, a los fines de evitar planteos de nulidades por parte de los eventuales, futuros o probables imputados o acusados de tales delitos, y para salvaguardar su derecho a la defensa, el Código Procesal Penal prevé específicamente la convocatoria de esas personas que serían sindicadas por la presunta comisión de un delito para que participen y puedan controlar la prueba. Realizadas esas diligencias probatorias, recién con esos resultados y elementos logrados, los fiscales de instrucción tienen que tomar la decisión de imputar o no imputar”.

Y la fiscalía también convoca a las supuestas víctimas, que en este caso son niños. ¿Es así?

Así es. Cuando hablamos de casos de abuso sexual infantil, existe un protocolo de actuación que consiste en, como primera medida, de una entrevista psicológica de contención. Es un abordaje primigenio a fines de determinar si la víctima está en condiciones de poder prestar declaración (por ejemplo a través de Cámara Gesell o declaración testimonial) y, del resultado de ello, si deben ser sometidas a pericias psicológicas.

¿Y a los padres?

Al tratarse de menores, la obligación de los órganos encargados de la investigación es recepcionar en testimonio a los padres. Porque lógicamente en estos casos, todas las denuncias las formulan los padres, tutores o guardadores a cargo de esas criaturas. En este caso particular, las denuncias fueron formuladas por los padres de los menores. Se los entrevistó exhaustivamente y en base a los relatos de los progenitores se diseñó la estrategia de los pasos procesales a seguir en el abordaje a los menores.

¿Cuáles fueron las técnicas para indagar a los menores?

Con todos los menores mencionados en las denuncias se realizaron las pericias correspondientes. Se utilizó tanto cámaras Gesell como pericias psicológicas.

¿Puede conocerse cuales fueron los resultados?

Todas las cámaras Gesell y las pericias psicológicas dieron negativo en todos los casos. No hay ningún indicio ni manifestación alguna que autorice a presumir que alguno de los niños ha sido víctima de abuso sexual, ni ha sido expuesto a situaciones de abuso sexual.

¿Esto es inapelable o se pueden volver a realizar las pericias? Por aquello de someter a niños a una constante exposición…

Es que por ahí pasa el tema. Por eso las personas sindicadas han sido convocadas. Porque la obligación que tiene el poder judicial no sólo es la acreditación de un hecho delictual, sino velar por el interés superior del niño. De manera tal que si la Constitución Nacional y los tratados internacionales suscriptos sostienen que hay que velar por ello, lo que hay que tratar de hacer es no re victimizar. Esto significa que abordado un menor como objeto probatorio, no podemos estar sometiéndolo reiteradas veces o exponiéndolo a situaciones que en el hipotético caso que efectivamente hubiera sucedido un abuso sexual (que en este caso puntual no existió), no puede por el devenir del proceso, ser interrogado nuevamente para que vuelva a relatar ese tipo de acto que es lesivo para su integridad sexual y sobre todo psico física.

Entonces, si todo dio negativo. ¿A qué pudieron deberse las denuncias? Porque hubo denuncias y denunciados a quienes les ha cambiado la vida de un año a esta parte…

Como primera medida, le digo que atravesar un proceso judicial, ya sea como denunciado o como denunciante es una experiencia traumática que le cambia la vida a cualquier persona de bien. Segundo, por la sensibilidad y los roles asignados a cada uno de los involucrados en este caso, le da una trascendencia que lo potencia aún más. Y además estamos hablando de la educación de niños. Todos estos condimentos hicieron que el caso tuviera mayor relevancia y mayor grado de afectación para todos.

¿Y entonces?

La única explicación lógica que puedo encontrar a la luz de los resultados de las pruebas de las que he tenido conocimiento es lo que se llama “Psicología de las masas”; lo que implica un efecto dominó donde alguien ha interpretado o ha pensado o abordado una determinada circunstancia como constitutiva de un ilícito y luego empieza una paranoia generalizada en donde ya todos ven problemáticas en los niños que sean indicadores de abuso sexual infantil. Desde mi experiencia, en esto también juega mucho el grado de desinformación y la auto búsqueda de información en las redes sociales o en internet. Hoy en día hay mucha información y es muy difícil filtrar cuáles son fidedignas y cuáles no.

¿Pero algo en concreto?

Si usted me pregunta cuáles son las sintomatologías compatibles con un estrés post traumático por un abuso sexual en un menor de cuatro, cinco o seis años, le podría dar quince o veinte indicadores. Pero esos mismos indicadores también correrían para situaciones de angustias por problemas intrafamiliares, abuso físico, o de abuso psicológico; o de trastornos de alimentación o de patologías propias de problemas de desarrollo madurativo…

¿Y alguno de estos síntomas se detectó en las pericias?

Por la amplitud con que fueron abordados todos los actos periciales ordenados y supervisados por la señora Fiscal de Instrucción, fue todo muy exhaustivo tratando de descartar, ahondar e investigar cualquier tipo de indicador compatible con el abuso sexual y no se ha constatado en ninguno de los menores que han sido sometidos al proceso.

Cuando hablamos de menores, hacemos referencia a quienes supuestamente fueron víctimas y también aquellos que dijeron haberlos visto…

Claro, porque esta causa tiene una particularidad. No puedo entrar en detalles por secreto de sumario, pero se trataría de hechos en los cuales habría niños que supuestamente habrían sido sujetos pasivos de situaciones de abuso y otros niños que supuestamente habrían sido testigos presenciales de esas situaciones. Así vino presentado el caso y tanto en una como en otra circunstancia se descartó totalmente en las pericias la posibilidad de que haya habido menores abusados como que otros menores hubieran sido testigos presenciales.

Hubo tres personas denunciadas personal de Jardín de Infantes. Pero hubo un cuarto, esposo de una de ellas. ¿Cómo fue que este hombre termina siendo denunciado?

Es muy llamativo porque fue mencionado por una de las personas en una de las denuncias. Un adulto menciona que un menor habría situado en el ámbito del Jardín a una persona masculina, lo que también fue descartado. Ningún menor pudo relatar en las pericias que hubiera observado presencia de una persona de sexo masculino en el Jardín. Hay además un registro fílmico de la cámara de la avenida, que toma imágenes del Jardín. Hasta donde tengo conocimiento, no hay registro de que este hombre haya ingresado al establecimiento.

¿Cuántas denuncias se hicieron?

En términos de denuncias como tales hay más de diez. Sucede que luego se tomaron un sinnúmero de declaraciones testimoniales a partir de las cuales la Fiscalía puede o no decidir llevar adelante distintos actos probatorios. Bastaba con que hubiera solo una para que de dicho relato, la Fiscalía tuviera la obligación de actuar. Incluso hay familiares que tomaron la decisión de presentarse como querellantes particulares.

A todo esto, ¿qué pasó con los niños, que en definitiva son lo más importante de todo?

Hasta donde tengo conocimiento, salvo uno que por decisión de la familia no lo hizo, todos los demás siguieron concurriendo al establecimiento. Si bien esto no es objeto de la investigación, al momento de las cámaras Gesell y las pericias, todos los menores refirieron que seguían asistiendo al Jardín. Salvo un caso que según el relato del niño, cambió de escuela por decisión de los padres.

Esto lo digo yo. Es muy difícil que alguien vuelva por su voluntad y con gusto a un lugar donde le han pasado cosas feas…

Eso lo dice usted… yo no evalúo, me baso en los hechos y en las pruebas que brinda un proceso de investigación.

¿Cuál es la situación laboral de las docentes denunciadas?

Eso va por otro camino. En el caso de la Directora, ella obró correctamente. Incluso, ante la presentación de los padres en el Jardín, labró las actas correspondientes y las elevó al Ministerio. Aun sabiendo que una de las denunciadas era ella misma. Hasta donde tengo entendido, tomó intervención el área jurídica del Ministerio de Educación que trabaja en el sumario administrativo. Simplemente las docentes no fueron ni están suspendidas ni sufrieron ninguna sanción. Solamente se las retiró preventivamente del Jardín como ámbito de trabajo diario.

Así las cosas, y luego de mucho buscar, el testimonio del Dr. Gonzalo Ferreras comienza a echar luz sobre un asunto escabroso donde hubo muchas preguntas sin respuestas y que merecía tener una palabra autorizada para comenzar a separar la paja del trigo. Seguramente habrá más voces diciendo lo suyo, lo que nos permitirá, como sociedad, sacar las conclusiones del caso.

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