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Promulgan la nueva ley de alquileres: cuáles son las principales modificaciones

Este martes, el Gobierno promulgó la ley de alquileres a través del Decreto 580/2020, publicado en el Boletín Oficial. La Ley 27.551 modifica las reglas entre inquilinos y propietarios establecidas en el Código Civil y Comercial de la Nación. Por tal motivo, establece nuevas normas para los contratos de locación.

La publicación, firmada por el presidente Alberto Fernández; autoriza la ley sancionada por el Congreso el 11 de junio pasado, aprobada por 41 votos del oficialismo.

Entre los nuevos beneficios para los inquilinos, amplía de dos a tres años el plazo mínimo de un contrato de alquiler de vivienda. Asimismo favorece un sistema de garantías mas flexible, al disponer que el inquilino debe proponer al locador al menos dos de un abanico de cinco opciones: título de propiedad, aval bancario, seguro de caución, fianza o fiador, o recibo de sueldo.

Además, fija un procedimiento para el ajuste del valor mensual de los contratos, que deberá actualizarse de forma anual en base a un nuevo índice. El mismo estará compuesto en partes iguales por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que elabora el Indec, y el de variación salarial de los trabajadores registrados (Ripte), del Ministerio de Trabajo. Todos los meses, el Banco Central publicará el valor de referencia.

Con esta nueva norma, solo se podrá pedir al inquilino, en concepto de depósito, el equivalente al monto del primer mes de alquiler. No se permitirá exigir pagarés ni ningún otro adicional.

En relación a las expensas extraordinarias, que no hagan al uso de la propiedad, deberán correr por cuenta del propietario. Mientras que el inquilino deberá saldar los gastos asociados al usufructo: las facturas de luz y gas, el pago destinado al personal de mantenimiento, entre otros.

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