Una resolución judicial, ejecutada por la Cámara en lo Contencioso y Administrativo N°3 permitó que no se le descuente el 20% a una jubilada.
La reforma aprobada por la Legislatura de la provincia de Córdoba el mes pasado hoy tuvo su primer freno judicial. Fue a través de una resolución que ejecutó la Cámara Contencioso Administrativa Nº3.
La denuncia fue presentada por una jubilada y pensionada bancaria a la que no podrán aplicarle el descuento del 20% que estaba previsto.
“Se dio lugar a una medida cautelar que no es de fondo, pero que hace lugar a que mientras se sustancia el juicio no le retengan el 20% en cada beneficio que le ordenaba esta le», explicó para Cadena 3 el, abogado de la mujer.
Cabe recordar que la reforma fue tratada en una sesión exprés. Se aprobó por 46 votos afirmativos, 12 negativos, 3 abstenciones y 9 ausentes.
El tribunal, integrado por las camaristas María Martha Angeloz de Lerda y Cecilia de Guernica, aclaró que esta medida cautelar “no importa un adelanto de jurisdicción favorable a la pretensión de fondo, sino que, por el contrario, sólo atiende a la tutela del derecho de la actora a que le sea respetada la esencia de su derecho previsional hasta que se resuelva”.
Fuente: Cadena 3 y La Nueva Mañana

