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¿Y ahora qué?

Hora de Jubilarse … ¿Y ahora qué? (Todo lo que necesitás saber), Parte 2

Hora de Jubilarse … ¿Y ahora qué? (Todo lo que necesitás saber), Parte 2
Por Elizabeth «Loly» Guibaudo

En la primera entrega sobre este tema, te conté todos los requisitos básicos para solicitar tu jubilación si sos trabajador autónomo o en relación de dependencia. Cómo certificar servicios, qué pasa si te pasaste de edad o si no tenés todos los aportes. En fin, información básica para que iniciar el trámite no sea entrar en la dimensión desconocida.

Por si te lo perdiste, te dejo el link aquí: https://www.altagracianoticias.com/hora-de-jubilarse-y-ahora-que-todo-lo-que-necesitas-saber-parte/

En esta columna nos tomaremos un momento para hablar de casos especiales.

Jubilaciones Anticipadas

El primer tema es la jubilación anticipada. Es un tipo de jubilación que disminuye los requisitos y también la prestación.

¿A quienes está destinada?

Está destinada a personas que cuenten con 30 años de aportes, le falten hasta 5 años para jubilarse y estuvieran desempleadas al 30 de junio de 2021.

¿En qué consiste?

La Jubilación Anticipada te garantiza el 80% del haber jubilatorio que te correspondería percibir cuando alcances la edad para jubilarte (mujeres 60 años y hombres 65 años). Al llegar a esa edad, comenzarás a cobrar el 100% del haber jubilatorio de manera automática. Es decir que hasta que cumplas la edad estás jubilado con el 80% del haber normal.

¿Se puede pedir aunque me falten aportes?

Si te faltan algunos años de aportes para acceder a la Jubilación Anticipada, el estado te reconoce los meses de Licencia por Maternidad, la Prestación por Desempleo y los pagos de moratorias hasta el 30 de junio de 2021.

Importante

Para dejar muy en claro el tema, la pueden pedir quienes cumplan con lo siguiente:

  • Hombres tener entre 60 y 64 años
  • Mujeres tener entre 55 y 59 años
  • Tener 30 años de aportes registrados
  • Estar desocupado al 30 de junio de 2021.

¿Cómo se pide?

El trámite se realiza de manera presencial solicitando turno previo en esta página:

https://servicioswww.anses.gob.ar/TurnosInternet/Solicitud/IngresoSolicitud?idprest=115

Como siempre espero comentarios y sugerencias!

Gracias María del Carmen Amici por haber pedido que tratara este tema!!!

nakasone