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EPEC reanudaría los cortes de servicio a deudores morosos

Epec: cortes programados para hoy en barrio Sabattini cortes de luz

Vencido el decreto nacional, EPEC reanudaría los cortes de servicio a deudores morosos con capacidad de pago.

Tras el vencimiento del Decreto 311/2020 emitido por el gobierno Nacional a fines de marzo, la Empresa Provincial de Energía (EPEC) se dispone a reiniciar los procedimientos con aquellos usuarios que adeudan facturas y no ingresaron al plan de pago propuesto.

Al inicio de la pandemia, el gobierno nacional buscó que, aquellos usuarios más afectados por la cuarentena, pudieran mantener los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable o satelital, aún con tres facturas impagas.

Inicialmente, el decreto regía hasta el 31 de agosto de este año, pero las autoridades nacionales lo prorrogaron hasta fin de año. Sin embargo, la EPEC no acompaño la extensión de la medida.

Esto implica que, vencido el plazo del primer decreto, la empresa ya está en condiciones de intimar y emplazar a los usuarios que adeudan facturas; caso contrario, la empresa estará en condiciones de interrumpirles el servicio.

De acuerdo a información extraoficial, EPEC iniciará en los próximos días un proceso selectivo de intimación a deudores, comenzando por aquellos que tienen capacidad de pago y que no se adhirieron a la moratoria lanzada por la empresa. La argumentación para esta medida tiene que ver con la falta de ingresos que les genera a la empresa y a las cooperativas eléctricas los inconvenientes en sus cadenas de pago.

Extensión de los plazos para adherir a la moratoria

Por otra parte, EPEC decidió extender hasta el 11 de setiembre la fecha para adherirse a los planes de facilidades de pago para todas las categorías tarifarias. Así, todos los usuarios tendrán más tiempo para regularizar su situación y evitar futuros inconvenientes con el suministro de energía eléctrica.

La adhesión se hace desde la web (www.epec.com.ar). La medida está destinada tanto a usuarios residenciales, a aquellos que desarrollan actividades que ya fueron flexibilizadas; como a los que llevan adelante rubros que todavía continúan suspendidos debido al aislamiento.

Hay que tener en cuenta que se consideran a la fecha como actividades no flexibilizadas las siguientes:

  • Hoteles
  • Salones de fiestas, exposiciones y convenciones
  • Cines, teatros, centros culturales Universidades, institutos, colegios, academias
  • Clubes, gimnasios, canchas, piletas de natación
  • Parques recreativos, zoológicos
  • Guarderías
  • Transporte (salvo para los casos expresamente autorizados)

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