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Desde el miércoles, Córdoba entra a la fase de «distanciamiento social»

Toda la provincia de Córdoba entrará a la fase de «distanciamiento social» desde el miércoles 1 de julio. Así lo estableció el decreto 576/2020, firmado por el Gobierno nacional, el cual prevé una prórroga de la cuarentena hasta el 17 de julio.

De esta forma la Capital cordobesa sale de la fase de aislamiento en la que se encontraba, por lo que podrían flexibilizarse más actividades.

Diego Cardozo, ministro de Salud de Córdoba, dijo que la Provincia informó a la Nación el «R0 y la ocupación de camas, y de acuerdo a esos datos que comunicamos, decidieron unificar la terminología en todo el territorio provincial, porque el régimen de la ciudad Capital tenía circulación comunitaria, lo que la encuadraba en un aspecto complejo».

«La circulación que tenemos en la Capital está limitada a brotes en sectores específicos, barrios o cuadrantes que podemos identificar y los cuáles los venimos conteniendo. Entonces el análisis de datos saca que no hay una circulación comunitaria extensa», agregó Cardozo en dialogo con radio Mitre.

Sobre las flexibilizaciones, el ministro planteó: «Hay actividades que nos preocupan por la cantidad de movimiento que generan. La gastronomía es un tema que lo venimos analizando. Pero siempre uno es precavido con el objetivo de que no se vaya a diseminar la patología. Otro de los temas es el trabajo doméstico. Queremos ver cómo ayudamos a esa gente. Los gimnasios es otra parte que nos falta poner en marcha. Esos son los rubros más grandes», agregó. 

En relación al regreso a las aulas:

En uno de los artículos del decreto se destaca para esas zonas la «evaluación del reinicio de clases presenciales».

«El Ministerios de Educación de la Nación establecerá para cada nivel y modalidad los mecanismos y autoridades que podrán disponer el reinicio de las clases presenciales y la aprobación de protocolos, de conformidad con la normativa vigente».

Continúan prohibidas actividades como:

1. Realización de eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a DIEZ (10) personas.

2. Práctica de cualquier deporte donde participen más de DIEZ (10) personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de DOS (2) metros entre los y las participantes.

3. Cines, teatros, clubes, centros culturales.

4. Servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados por el artículo 24 del presente.

5. Turismo.

Foto: El Resaltador

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