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¿Cuáles son los nuevos requisitos para acceder a la AUH?

Anses estaría analizando un bono extraordinario para los pasivos como ocurrió el año pasado. El pago excepcional se sumaría al medio aguinaldo y a una nueva suba de los haberes.

Mediante un decreto publicado el día de hoy en el Boletín Oficial, se modificaron los requisitos para acceder a la Asignación Universal por Hijo. Los requisitos a continuación.

En vista de un nuevo día y una nueva semana, el gobierno nacional informó sobre los nuevos requisitos para acceder a una AUH. En este sentido, las modificaciones se publicaron mediante el Boletín Oficial durante esta mañana.

Cabe destacar que, en uno de los primeros relevamientos realizados en marzo sobre los beneficiarios de AUH y del Ingreso Familiar de Emergencia ( IFE), había dejado como resultado que aproximadamente un millón de infantes y adolescentes se encontraban excluidos. 

¿Quiénes pueden cobrar  AUH?

La  AUH le corresponde al padre o madre que viva con los menores y que esté encuadrado en alguna de las siguientes situaciones:

  • Desocupados/as,
  • Trabajadores/as no registrados/as (sin aportes);
  • Trabajador o trabajadora del servicio doméstico;
  • Monotributistas sociales,
  • Y los inscriptos en los programas Hacemos Futuro, Manos a la Obra y otros programas de Trabajo.

En tanto, el padre o la madre a cargo puede cobrar directamente sin contar con el consentimiento del otro padre o madre, presentando el Formulario de cobro de Asignaciones Familiares.

Nuevos requisitos:

Según lo publicado el día de hoy, estos son los requisitos para acceder a una asignación.

A. Que la niña, el niño, adolescente y/o la persona con discapacidad sea argentino o  argentina nativo o nativa, naturalizado o naturalizada o por opción. Cuando la niña, el  niño, adolescente y/o la persona con discapacidad y sus progenitores o sus  progenitoras o las personas que los o las tengan a cargo sean extranjeros o  extranjeras, deberán acreditar tanto la niña, el niño, adolescente y/o la persona con discapacidad como él o la titular que percibirá la Asignación, DOS (2) años de  residencia legal en el país. 

B. Acreditar la identidad del o de la titular del beneficio y de la niña, del niño, adolescente y/o persona con discapacidad, mediante Documento Nacional de Identidad.  

C. Acreditar que la persona que percibirá el beneficio tiene a su cargo a la niña, al niño, adolescente y/o persona con discapacidad, en función de las disposiciones del  Código Civil y Comercial de la Nación y de conformidad con la documentación que la  ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) disponga a estos fines.  

D. La acreditación de la condición de discapacidad será determinada en los términos del artículo 2º de la Ley Nº 22.431, certificada por autoridad competente. 

E. Hasta los CUATRO (4) años de edad -inclusive-, deberá acreditarse el cumplimiento  de los controles sanitarios y del plan de vacunación obligatorio. Desde los CINCO (5)  años de edad y hasta los DIECIOCHO (18) años, deberá acreditarse además la  concurrencia de las niñas, los niños y adolescentes obligatoriamente a  establecimientos educativos públicos. 

F. Acreditar que él o la titular del beneficio y la niña, el niño, adolescente y/o persona con discapacidad residen en el país».

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