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Anisacate: empleados y funcionarios deberán tener certicado negativo de antecedentes penales

Anisacate: empleados y funcionarios deberán tener certicado negativo de antecedentes penales

El objetivo es el de fortalecer los mecanismos de prevención, control y resguardo institucional dentro de la Administración Pública. Por ello, en Anisacate está en tratamiento una ordenanza innovadora parala región.

Respecto al proyecto que está siendo tratado en ámbitos legislativos locales, habló la Intendente. Natalia Contini fue clara: «queremos modificar el Estatuto e incorporar herramientas que permitan acreditar y verificar de manera periódica las condiciones morales y de conducta exigidas para el ejercicio de funciones vinculadas al Estado Municipal».

«La función pública exige de quienes la desempeñamos no sólo la idoneidad técnica necesaria. También condiciones personales acordes con la responsabilidad que implica prestar servicios para la comunidad. Y para eso, el Estado debe contar con este tipo de herramientas», agregó la mandataria.

En este contexto, la Municipalidad de Anisacate quiere ser clara en el tratamiento del tema. A través de este proyecto, busca la acreditación periódica de antecedentes penales y de la inexistencia de inscripciones en registros de personas condenadas por delitos contra la integridad sexual.

Estas obligaciones se hacen extensivas a todas aquellas personas que mantengan cualquier tipo de vínculo con la Municipalidad. Esto, independientemente de la modalidad jurídica bajo la cual presten servicios o desarrollen actividades. Todo ello en busca de evitar tratamientos diferenciados que puedan desvirtuar los objetivos perseguidos por la norma.

El texto completo del proyecto de ordenanza, que por estos días está siendo tratado por la Mesa de Relaciones Laborales es el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

MODIFICACIÓN ORDENANZA 87

EL CONCEJO DELIBERANTE DE ANISACATE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Artículo 1°: SUSTITÚYASE el inciso c) del artículo 10 de la Ordenanza N° 87 – Estatuto del Empleado Público Municipal (texto según Ordenanza N° 324), que regula requisitos de ingreso y permanencia en la administración pública, por el siguiente:

«c) Poseer condiciones morales y de conducta, como así también aptitud psicofísica para el cargo al cual aspira a ingresar. A los fines de acreditar las condiciones morales y de conducta exigidas por el presente inciso, los agentes comprendidos en el presente Estatuto deberán presentar al momento del ingreso y posteriormente con una periodicidad semestral, CERTIFICADO DE ANTECEDENTES. Emitido por Ministerio de Justicia de la Nación. CERTIFICADO DE BUENA CONDUCTA/ANTECEDENTES emitido por la Policía de la Provincia de Córdoba. Y CONSTANCIA DE NO ENCONTRARSE INSCRIPTO  EN EL REGISTRO DE ABUSADORES SEXUALES (LEY 9680). La acreditación y mantenimiento de las condiciones exigidas, constituirá requisito indispensable para el ingreso y permanencia en la función pública municipal.

Artículo 2°: INCORPÓRESE como inciso g) del artículo 75 de la Ordenanza N° 87 – Estatuto del Empleado Público Municipal (texto según Ordenanza N° 324) que regula las causales de exoneración, el siguiente texto:

«g) El incumplimiento de las obligaciones previstas en el inciso c) del artículo 10 del presente Estatuto, así como la constatación de antecedentes penales o la inscripción en los Registros de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual cuya acreditación resulte exigible conforme la normativa vigente.»

Artículo 3°: ESTABLÉCESE que las obligaciones de acreditación, presentación y actualización documental previstas en la presente ordenanza serán exigibles no sólo al personal comprendido en el Estatuto del Empleado Público Municipal. También a los funcionarios de planta política y a toda persona que mantenga cualquier vínculo jurídico, contractual, funcional, laboral, profesional, de locación de servicios, de colaboración o de prestación de tareas con la Municipalidad de Anisacate, cualquiera sea la naturaleza de la relación que los vincule.

Artículo 4°:.DE FORMA

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