AG Noticias
Judiciales

Que pena le podría caer al joven que lanzó la piedra por el embudo

El código penal prevé penas de hasta 4 años por daños a bienes de uso público. Cabe recordar que el autor que lanzó la piedra por el embudo, ya se encuentra en detención.

Toda esta historia comienza luego de que se viralizara el video de dos jóvenes mientras arrojaban una roca ,de grandes dimensiones, al embudo del Dique San Roque. En consecuencia de este acto bandálico, la sociedad cordobesa hizo sentir su repudio y bronca frente a los protagonistas del atentado. Este desprecio en vista de que el embudo es un recurso de bien publico, ademas de ser patrimonio de los cordobeses desde hace 80 años.

El video por el cual comienza todo cuando salió a la luz en la red social Tik Tok por un usuario llamado @Joacolinares en el que se ve a Facundo Radyk tomando una piedra de grandes dimensiones y lanzandola al inmenso embudo, ubicado en el final del llamado “camino de las cien curvas” y que se transformó con el tiempo en un ícono turístico de la ciudad de Villa Carlos Paz.

Durante el fin de semana, a raíz de que la piedra pudiera haber causado daños en el embudo, el personal del Departamento de Unidades de Alto Riesgo (DUAR), dependiente de la Dirección de Bomberos de Policía de la Provincia, inspeccionó el vertedero. En el mismo se observó una marca compatible con un impacto de material sólido a nueve metros desde el umbral del aliviadero principal. Ademas, otro impacto similar, a unos 5 metros más abajo del anterior. Los efectivos, luego de recorrer 45 metros hasta el final del embudo, logran dar cuenta de la piedra que arrojó Radyk.

¿Cuál sera la pena por este acto?

Tras tomar conocimiento del hecho, la Unidad Fiscal de Carlos Paz actuó de oficio e inició una investigación. Ahora se sumó el Ministerio de Servicios Públicos con una denuncia penal. Se estima que la imputación será por “daño calificado y violación de cuarentena” ya que su domicilio es en Córdoba Capital. Cabe destacar, que el joven de 20 años fue detenido y quedó alojado en la comisaría de la Unidad Fiscal de Villa Carlos Paz.

El Código Procesal Penal de la Nación prevé penas de cárcel por el delito de daños en los artículos 183 y 184. En el inciso 5 de este último, se agrava la pena cuando el hecho se comete contra un bien de uso público, que podría ir de tres meses a cuatro años de prisión.

ARTÍCULO 184. – La pena será de tres (3) meses a cuatro (4) años de prisión, si mediare cualquiera de las circunstancias siguientes: 

1. Ejecutar el hecho con el fin de impedir el libre ejercicio de la autoridad o en venganza de sus determinaciones;

2. Producir infección o contagio en aves u otros animales domésticos;

3. Emplear substancias venenosas o corrosivas;

4. Cometer el delito en despoblado y en banda;

5. Ejecutarlo en archivos, registros, bibliotecas, museos o en puentes, caminos, paseos u otros bienes de uso público; o en tumbas, signos conmemorativos, monumentos, estatuas, cuadros u otros objetos de arte colocados en edificios o lugares públicos; o en datos, documentos, programas o sistemas informáticos públicos;

6. Ejecutarlo en sistemas informáticos destinados a la prestación de servicios de salud, de comunicaciones, de provisión o transporte de energía, de medios de transporte u otro servicio público

FUENTE:CBA24n

nakasone