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Gobierno dará de baja pensiones por discapacidad que sean incompatibles

Nuevamente, asociaciones en el área de discapacidad se movilizan con reclamos

A través de la resolución 268/2018 del Boletín Oficial, el Gobierno nacional  señaló que  «mediante la Disposición Nº 217/2018 de esta Agencia Nacional de Discapacidad, se aprobó el circuito administrativo de notificación de incompatibilidades con el Decreto Nº 432/97, de suspensión y caducidad de pensiones no contributivas por invalidez». 

En definitiva esta medida anuncia que se dará de baja a aquellos pensionados por discapacidad que presenten una “incompatibilidad”. Por ese motivo, los beneficiarios deberán concurrir a Anses para realizar el reclamo correspondiente y así evitar inconvenientes con el cobro.

A su vez, la disposición indica que «se considera adecuado establecer un plazo de 10 días hábiles administrativos para que el administrado pueda ejercer su legítimo derecho de defensa y ofrecer la prueba de la que intentare valerse, así como también tomar vista de las actuaciones».

En ese aspecto, la Agencia Nacional de Discapacidad aprobará un circuito para la «notificación de incompatibilidades, suspensión y caducidad de las pensiones no contributivas por invalidez». A raíz de esto, quienes hayan sido notificados deberán concurrir a la Unidad de Atención Integral de Anses más cercana a su domicilio o solicitar un turno a través del 130, opción 2.

Para seguir recibiendo esta pensión, deberán de cubrirse los siguientes requisitos:

    • Presentar un grado de discapacidad que represente para la capacidad laboral una disminución del 76% o más.
    • No percibir, ni vos ni tu cónyuge, ninguna jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva.
    • No estar empleado bajo relación de dependencia.
    • No tener bienes, ingresos ni recursos que permitan tu subsistencia o la de tu grupo familiar.
    • No tener bienes, ingresos ni recursos que permitan tu subsistencia o la de tu grupo familiar.
    • Ser argentino nativo, argentino naturalizado con por lo menos 5 años de residencia o extranjero con por lo menos 20 años de residencia.
    • No estar detenido o a disposición de la justicia.
nakasone