Desde la Junta Electoral Municipal, se anunció que según lo acordado en Acta Nº 3 y en cumplimiento de los deberes y atribuciones que establece la C.O.M. (art 145), se encuentra a disposición de los Partidos Políticos -en sede de la J.E.M. 2019 España 135- el Padrón Provisorio (lista provisoria de electores) en soporte C.D.
La entrega del Padrón Provisorio es a fin de que cada Partido Político ejerza su control en los términos de la Ley Electoral Provincial.
El mismo deberá ser retirado por persona que acredite pertenecer y/o representar al Partido Político respectivo.