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Las ART cubrirán a los trabajadores «esenciales» que se contagien con coronavirus

Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) deberán dar cobertura a los trabajadores que contraigan coronavirus. Esto regirá para los empleados que se encuentren desempeñando sus tareas laborales declaradas esenciales en la cuarentena obligatoria.

Así lo dispuso el Gobierno mediante el decreto 367/2020, según informó la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).

El organismo indicó que «los trabajadores que se contagien la enfermedad producida por el coronavirus en el ámbito laboral, deberán efectuar la denuncia a la ART a la que se encuentre afiliado el empleador. La misma va a ser considerada como enfermedad profesional y deberán otorgar las prestaciones correspondientes».

Asimismo se le confiere a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), la facultad de dictar las normas complementarias necesarias para la actuación en el ámbito de la Comisión Médica Central (CMC). En caso de una discrepancia con la ART, dicha entidad va a ser la encargada de determinar el carácter definitivo profesional de la patología.

La SRT señaló que «en el caso de los trabajadores de la salud se considerará que la enfermedad producida por el COVID-19, guarda relación causal directa con el agente de riesgo«.

Al mismo tiempo, se determinó que «aquellos trabajadores que hayan contraído la enfermedad desde el 19 de marzo, tendrán la cobertura de su aseguradora. La norma establece que se considerará como fecha de primera manifestación invalidante a los casos que se hayan producido desde la entrada en vigencia del Decreto 297/20″.

La SRT puntualizó que «en relación al financiamiento de las prestaciones que deben brindar las ART, las mismas  van a ser cubiertas en un 100% por el Fondo fiduciario de enfermedades profesionales. Será hasta después de 60 días de finalizado el aislamiento social, preventivo y obligatorio».

Fuente: A24

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