AG Noticias
Judiciales

Del aula a la Fiscalía: cómo se investiga el bullying y el acoso en redes

Del aula a la Fiscalía: cómo se investiga el bullying y el acoso en redes

Las amenazas, el acoso y la difusión de contenido íntimo entre estudiantes dejaron de ser simples conflictos para transformarse en hechos investigables por la Justicia. AGNoticias dialogó con abogados locales, quienes explicaron cómo se actúa ante estas situaciones. Además, el Ministerio de Educación presentó una guía oficial que unifica criterios para intervenir frente a casos complejos.

En un contexto donde las redes sociales y las plataformas forman parte de la vida cotidiana de niños, niñas y adolescentes, el bullying dejó de limitarse a los pasillos escolares. Hoy, el acoso puede continuar en grupos de WhatsApp, cuentas falsas de Instagram, publicaciones en TikTok o incluso en videojuegos online. Y cuando ese accionar incluye amenazas, difusión de material íntimo o persecución sistemática, la intervención ya no es solamente pedagógica: también puede ser judicial.

Según explicó a AGNoticias la abogada Daniela Ferrari (M.P. 1-38180), en la práctica cualquier institución educativa que toma conocimiento de un hecho delictivo tiene la obligación de activar un circuito formal. “Si vamos a la práctica, cualquier colegio que tiene conocimiento de un hecho delictivo, porque ya es un hecho delictivo el abuso, el amenazar a alguien o enviar, repartirse, compartir imágenes íntimas de una niña o un niño, obviamente es un delito”, señaló.

Ferrari detalló que la escuela debe informar inmediatamente a Inspección, y desde allí se realiza la denuncia correspondiente ante la Unidad Judicial. A partir de ese momento, comienza un proceso en el que intervienen distintos organismos, dependiendo de la gravedad y del contexto.

“En resumidas cuentas es: colegio, inspección, tal vez ahí toma conocimiento el Ministerio de Educación de la provincia. Se hace la denuncia a Unidad Judicial, se da intervención a SENAF y se actúa en conjunto con el Juzgado de Niñez y Adolescencia”, explicó.

En este tipo de casos, la participación de la SENAF suele ser frecuente, ya que se analiza la situación integral de los menores involucrados. Ferrari advirtió que muchas veces detrás de una amenaza grave puede haber un contexto de vulnerabilidad que también requiere ser abordado.

En Córdoba, además, la Justicia actúa considerando el marco legal vigente sobre menores. Ferrari recordó que hasta los 18 años los adolescentes son inimputables en términos generales, pero que entre los 16 y 18 años rige un régimen especial: la Ley Penal Juvenil, por lo cual puede intervenir el Juzgado Penal Juvenil, además del fuero de Niñez.

Cómo analiza la Justicia el ciberacoso: tres criterios centrales

Por su parte, el abogado Javier Pissoni (M.P. 1-40436) explicó que en Córdoba existen criterios bastante claros sobre cómo abordar judicialmente el ciber acoso. En primer lugar, sostuvo que no suele investigarse como un delito independiente, sino como una modalidad digital de delitos tradicionales.

“En conclusión, hoy en Córdoba el ciberacoso no se trata como un delito autónomo, sino como una modalidad digital de delitos clásicos”, explicó.

De acuerdo al análisis del letrado, la Justicia suele enfocarse en tres ejes principales:

  • El encuadre penal dentro de delitos tradicionales
  • El patrón de hostigamiento reiterado
  • La utilización de herramientas tecnológicas para reunir pruebas

En casos donde hay amenazas directas o intimidación concreta, Pissoni indicó que las fiscalías suelen avanzar con imputaciones por amenazas calificadas o coacción, incluso cuando todo ocurre exclusivamente en redes sociales. Para estos procedimientos, se suelen ordenar medidas judiciales rápidas para identificar a los responsables.

El abogado señaló que en investigaciones por amenazas realizadas mediante WhatsApp, Instagram, Facebook u otras plataformas, el esquema habitual incluye: recepción de la denuncia, rastreo de dispositivos o IP, allanamientos, secuestro de teléfonos o computadoras y pericias informáticas sobre chats, archivos y redes.

En este sentido, Pissoni explicó que muchas veces se dispone el secuestro de celulares para realizar extracciones de datos mediante herramientas forenses, a cargo de Policía Judicial, con el objetivo de identificar desde qué dispositivo se enviaron los mensajes o quién administraba una cuenta.

Cuando el hostigamiento es sistemático

Pissoni advirtió que otro aspecto clave es que el acoso digital no se analiza como un hecho aislado. Si existe un patrón reiterado de persecución, control o intimidación, puede considerarse una forma de violencia psicológica o incluso violencia de género.

“Los fiscales suelen reunir múltiples mensajes, publicaciones o amenazas para construir un patrón”, explicó. Y agregó que cuando se demuestra persistencia y daño real, el fenómeno deja de considerarse un simple conflicto adolescente para transformarse en un caso penal.

Como ejemplo, mencionó una causa relevante en Córdoba donde un hombre fue condenado a casi siete años de prisión por manipular y amenazar a sus exparejas durante un año a través de redes y dispositivos digitales. En ese caso, el tribunal consideró que existía un patrón sistemático de violencia digital con presión psicológica constante.

Casos graves: difusión de imágenes íntimas y manipulación digital

Uno de los escenarios más delicados es cuando el acoso incluye la difusión de imágenes íntimas o material sexual, especialmente si involucra a menores de edad. En esas situaciones, la respuesta judicial suele ser más severa debido al daño psicológico, social y reputacional que puede provocar.

Pissoni señaló que en Córdoba se elevó a juicio una causa en la que un estudiante utilizó fotos de compañeras para crear videos pornográficos falsos y difundirlos en internet. Allí, el caso fue encuadrado como lesiones graves con agravante de violencia de género.

Este tipo de antecedentes marcan una tendencia judicial reciente: considerar que el daño emocional y el impacto social que generan estas conductas pueden configurar delitos graves, incluso cuando no hay contacto físico, sino violencia ejercida desde el plano digital.

¿Qué pasa cuando son menores? Mediación y salidas restaurativas

No todos los casos terminan en condenas o imputaciones penales. El abogado explicó que, cuando se trata de situaciones leves o conflictos entre adolescentes donde no hay amenazas graves, la Justicia suele privilegiar herramientas alternativas como la mediación penal juvenil o salidas restaurativas.

Como ejemplo, mencionó un caso donde insultos y amenazas publicados en Instagram entre estudiantes terminó archivado tras un acuerdo de mediación. Allí, la adolescente denunciada asumió compromisos y se dispuso un seguimiento terapéutico.

Este enfoque busca evitar respuestas exclusivamente punitivas en casos donde puede existir posibilidad de reparación, contención y acompañamiento profesional.

Qué suele hacer un fiscal en Alta Gracia ante una denuncia

En relación al procedimiento concreto en la región, Pissoni sostuvo que, en términos prácticos, ante una denuncia por acoso digital el circuito judicial suele comenzar con la presentación formal en la Unidad Judicial o en la Fiscalía.

Luego se avanza con la preservación de pruebas digitales, un paso fundamental, ya que muchas veces los agresores borran mensajes o eliminan publicaciones. Por ello, se solicita conservar capturas de pantalla, links, mensajes y toda evidencia disponible.

A partir de allí, la Justicia puede ordenar oficios a las redes sociales para preservar datos, realizar pericias informáticas sobre dispositivos y aplicar medidas cautelares inmediatas, como prohibiciones de contacto digital.

Finalmente, dependiendo de los elementos reunidos, puede avanzarse con imputaciones por amenazas, coacción, lesiones o violencia de género.

El abogado indicó además que muchas de estas investigaciones técnicas son realizadas por la Policía Judicial o por áreas especializadas en ciberdelitos en Córdoba capital, especialmente cuando se requiere análisis forense avanzado.

La guía “AcompañarCBA”: qué debe hacer la escuela

En paralelo al abordaje judicial, el Ministerio de Educación de Córdoba presentó oficialmente la guía provincial “AcompañarCBA”, un instrumento publicado en el Boletín Oficial que busca unificar protocolos y criterios para intervenir ante situaciones complejas y vulneración de derechos dentro del ámbito escolar.

El documento está dirigido a docentes, no docentes, directivos, supervisión, equipos técnicos, familias, estudiantes y organismos de protección de derechos de niños, niñas y adolescentes. Su principal valor, según se informó, es que unifica criterios y fortalece la corresponsabilidad institucional.

El ministro Horacio Ferreyra expresó que “las situaciones complejas no pueden abordarse desde miradas simplificadoras, individualizantes o punitivas”, sino desde un enfoque integral que reconozca a estudiantes como sujetos de derecho y a la escuela como parte activa de un sistema de protección.

Entre los protocolos incluidos, se sintetizan pautas específicas para actuar ante bullying, violencia digital, consumo de drogas, presencia de armas, autolesiones e intento de suicidio, vulneración de derechos sexuales, violencia física o psicológica y otros escenarios críticos.

En casos de acoso digital entre estudiantes, la guía indica que la escuela debe comunicar el hecho al equipo directivo, generar un espacio de escucha con la persona afectada y trabajar para detener la viralización del material.

El documento enfatiza además un punto clave: no replicar el daño. Si existe material circulando, no debe reenviarse, ya que “reenviar material sexual o de desnudez de niños, niñas y adolescentes es un delito”.

También establece que se debe comunicar a la supervisión de zona, convocar a las familias de quienes están recibiendo la violencia, solicitar apoyo de equipos técnicos (EPAE, Convivencia Escolar y Buen Trato, ESI) y evaluar junto a organismos especializados si corresponde articular con fiscalías o realizar una denuncia formal.

Un fenómeno que ya no puede minimizarse

Tanto desde el ámbito judicial como desde el educativo, el mensaje es claro: el ciber acoso no es un juego ni un problema menor. Amenazar, extorsionar o difundir imágenes íntimas puede tener consecuencias penales, incluso cuando los autores sean adolescentes.

Mientras la Justicia avanza con herramientas tecnológicas para investigar y preservar pruebas, las escuelas también cuentan con protocolos provinciales para actuar con rapidez, acompañar a las víctimas y frenar la escalada de violencia.

En un escenario donde la viralización ocurre en segundos y el daño puede ser irreversible, la intervención temprana, la denuncia y el acompañamiento integral se vuelven claves para proteger a niños, niñas y adolescentes.