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¿Y ahora qué?

Un Expediente Administrativo… ¿Y ahora qué? (Pasos y plazos para seguirlo fácilmente, Parte 2 – Peticiones)

Un Expediente Administrativo… ¿Y ahora qué? (Pasos y plazos para seguirlo fácilmente, Parte 2 – Peticiones)
Por Elizabeth
«Loli»
Guibaudo

En la entrega anterior del ¿Y ahora qué? empezamos a desandar los caminos de los expedientes administrativos. Me dediqué básicamente a contarte cuales son los pasos a dar dentro de la Administración cuando lo que se requiere es una información.

Hoy veremos el otro tipo de presentaciones, las que conllevan peticiones concretas para que cualquier entidad pública haga o deje de hacer algo en particular.

Peticiones

Lo primero que debemos saber y que es muy importante es que la Provincia de Córdoba, mediante la ley 10.618 sancionada el 13 de marzo de 2019, ha dispuesto, utilizando un término muy moderno en la propia ley, la despapelización de toda la Administración Pública. Eso significa que todo lo que pueda ser digital debe ser digital.

Esa ley es una modernización aplicable a la ley 5350 sancionada el 21 de marzo de 1972 y modificada por la ley 10019 del 6 de diciembre de 2011 que se denomina LEY DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.

En esta ley, que es larga y muy especial, están todos los mecanismos que debe cumplir la administración pública en los procesos administrativos.

Jurisdicción, competencia, domicilios, representación, formalidades, plazos, recursos etc todo está en ella detallado.

¡Pero no te agobies! Vayamos despacio y a las cosas básicas.

¿Cuánto tiempo tiene la Administración ante la presentación de una petición?

a) Providencias de mero trámite administrativo: tres (3) días;

b) Notificaciones: tres (3) días;

c) Informes administrativos no técnicos: cinco (5) días;

d) Dictámenes, pericias o informes técnicos: diez (10) días, ampliándose este plazo hasta un máximo de veinte (20) días si la diligencia requiriera el traslado del agente fuera del lugar de sus funciones;

e) Decisiones relativas a peticiones de interesados, sobre el trámite de los expedientes: cinco (5) días;

f) Decisiones definitivas sobre peticiones en general de interesados: sesenta (60) días, y

g) Decisiones definitivas para resolver recursos administrativos: veinte (20) días.

Esos son los plazos de ley.

Es decir que transcurridos ellos, de acuerdo a la petición que se haga, la administración debe contestar.

¿Qué pasa si no contesta?

La ley nos obliga a pedir un Pronto Despacho y eso es una presentación que le da a la Administración un nuevo plazo (20 días) para contestar.

Si no lo hace nuevamente, se vuelve a activar el principio del que te hablé en la primera entrega y  siempre se considera el silencio como una denegatoria de la petición.

¿Qué pasa si contesta algo con lo que no estamos de acuerdo?

Esto abre la vía a los recursos administrativos:

Reconsideración: Es el recurso que se presenta para que el mismo órgano que dictó la resolución revea su decisión y la cambie. Debe presentarse dentro de los 10 días de que se notificó la resolución.

Jerárquico: Es el recurso que se presenta para que el órgano que sigue dentro de la estructura Administrativa al que dictó la resolución revise la decisión tomada por su órgano inferior. Debe presentarse en forma subsidiaria al recurso de reconsideración y en el mismo plazo que ese.

Alzada: Es el recurso que se presenta ante las decisiones definitivas de los entes autárquicos y se presenta también en forma subsidiaria al recurso de reconsideración.

¿Qué pasa si niegan la vía de los recursos?

Se abre la posibilidad de presentar un nuevo recurso ante la máxima autoridad de la Administración (generalmente el ejecutivo) y se llama Recurso de Queja. Sirve para que esa autoridad se avoque al estudio de la cuestión.

Todos estos son los pasos que agotan la vía administrativa.

Son muchos y a veces son complicados de llevar adelante pero la idea de hoy es que tengas un poco más en claro qué pasa con tus reclamos una vez que los reciben los entes correspondientes.


Los tiempos administrativos como los judiciales no son siempre los que desearíamos y la burocracia es en general un “espantareclamos”, pero yo siempre te animo a que luches y defiendas tus derechos, las épocas han cambiado mucho y hay cada vez cosas más ágiles y menos dificultosas, llegará un momento en que todo sea además más acorde a los tiempos normales, ánimo y sigamos siempre pendientes de hacer valer nuestro espíritu ciudadano!!

nakasone